lunes, 17 de noviembre de 2008

Intimidad y salud

Resulta curioso que, en el ordenamiento constitucional español, el derecho a la intimidad y el honor tenga prioridad sobre los derechos a la libertad, la integridad física o la vida, que, recordemos, quedaban a disposición del estado según lo dispuesto en los artículos 13 y 15.
Y es que vivimos en un país calderoniano. Porque, como dijo Pedro Crespo (no, no me refiero al alcalde de Getafe):
al Rey, la hacienda y la vida
se ha de dar; pero el honor
es patrimonio del alma,
y el alma sólo es de Dios.


Quizá por ello, la reciente sentencia a favor de los afectados por los ruidos aeroportuarios ha tenido que recurrir al derecho al honor en lugar de aludir a la salud o la integridad física. Quedarse sordo no es problema; dejar de poder hablar o perder simplemente la cordura, sí.

Doctrina esta un tanto extravagante, máxime cuando desde otras instancias se menosprecia el derecho a la intimidad de las personas, especialmente cuando entra la informática por medio. Y eso que tal derecho está protegido por el mismo artículo de la constitución.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Si, esto de los derechos a la intimidad también me parece muy elástico. Yo recibo continuamente propaganda de multiples sectores y todavía no entiendo por qué. He llegado a recibir publicidad sobre productos para la menopausia (anda, que si me toca a los 33, estaba apañada)