viernes, 28 de noviembre de 2008

Las multas, por correo electrónico

Escucho por televisión una noticia referente a una ley en tramitación según la cual las multas nos llegarían por correo electrónico. No encuentro más datos sobre dicha ley en la web del Congreso (puede ser que sea una de tantas disposiciones incluidas en la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos), pero puedo decir lo que he escuchado en la televisión:
- Se enviaría un solo mensaje.
- El descuento iría a quienes pagasen en los 15 días a partir de la fecha del mensaje.

Puede parecer una buena idea, pero surgen los siguientes puntos de conflicto:

1) Tratamiento de los datos personales. Si en mi centro de trabajo (un centro dependiente de una administración autonómica) hemos de pedir permiso para comunicarnos con los ciudadanos por SMS o por correo electrónico (no así por correo postal), hemos de suponer que la DGT también habría de hacerlo.

2) Obtención de los datos personales. El certificado de firma electrónica expedido por la FNMT va vinculado a una dirección de correo electrónico, pero no debería ser la fuente única de dicho dato: los usuarios cambian constantemente de dirección electrónica, y, puesto que prácticamente nadie usa el certificado de la FNMT para firmar mensajes de correo electrónico (es incluso menos frecuente que el PGP), no debe confiarse en que dicho dato esté actualizado.

3) Falta de verificabilidad de recepción del mensaje. Aunque en la comunicación electrónica existen métodos para que se retorne un acuse de recibo al remitente, dichos métodos no sirven para verificar que el mensaje ha llegado al remitente esperado. Puedo abandonar una dirección electrónica y que otra persona la adopte. El cartero, en cambio, me pide firma y DNI.

4) El problema de la fecha. Estamos acostumbrados a recibir instantáneamente los mensajes de correo electrónico, pero he llegado a recibir mensajes de correo electrónico con una demora de una semana (el servidor de origen era Camerdata, de las cámaras de Comercio, y el de destino era Teleline, ahora propiedad de Telefónica).

5) El problema de la disponibilidad. Es cierto que con el cartero también sucede que yo no esté en mi localidad habitual cuando llega la multa, pero tampoco se espera que haya recibido la notificación instantáneamente. Aún hay muchas localidades sin zonas wifi y con una cobertura GPRS pésima (por haber, las hay hasta sin cobertura GSM).

6) Seguridad. ¡Es una mina para el Phising! Imaginad: "La DGT le informa que fue usted percibido circulando a 200 Km/H entre Nigeria de Arriba y Nigeria de Abajo. Pulse aquí para pagar con una reducción del 15%". Estoy seguro de que, al igual que los mensajes de los bancos, los de la DGT llegarán sin firma electrónica.

2 comentarios:

Raúl dijo...

Darte las gracias por tu visita y tu comentario y, puestos, comentarte que lo único que muevo a gobierno con estas modificaciones de la ley, es, como a nadie se le escapa, un ánimo totalmente recaudatorio.
Un saludo.

Anónimo dijo...

Bueno, con multas y todo, yo veo cada día conductores haciendo auténticas burradas. Al españolito de a pie, lo único que le duele es su bolsillo, así que aunque sea por recaudar, las multas me parecen bien. Ahora, lo de que vengan por email, me parece una chorrada: Con decir que ya no lo usas...